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Noticia que vale la pena leer Aquí:Ley de Insolvencia en Colombia

10 claves de la ley de insolvencia o "salvavidas para morosos"

La Ley de Insolvencia Económica para Personas Naturales No Comerciantes, que en Colombia entró en vigencia en enero de 2013, busca que quienes se cuelguen en sus obligaciones financieras, tengan la oportunidad de renegociar sus deudas con sus acreedores antes de ser embargadas o desalojadas de sus vivienda.




El 1 de octubre de 2012 entró en vigencia la Ley de Insolvencia Económica, que tiene como objetivo ayudar a las personas que no pudieron cumplir con sus obligaciones financieras y que corren el riesgo de ser embargados o desalojados de sus propiedades. Esto, con el fin de suspender los procesos judiciales en su contra y el cobro de intereses. 

La iniciativa abarca los siguientes puntos: 

1. ¿Qué significa Ley de Insolvencia y cuáles son sus beneficios?
Es un proceso por medio del cual el acreedor y el deudor llegan a una conciliación que tiene como objetivo ofrecerle a este último un estudio de su crédito en un plazo máximo de 60 días prorrogables sólo por 30 más.

Además al declararse en insolvencia se suspenden los procesos judiciales en su contra y el cobro de intereses.

2. ¿Quiénes pueden acogerse a esta ley?
Las personas que hayan sido responsables en el pago de dos o más deudas por más de 60 días.

Los deudores que tengan en su contra dos o más demandas en el que se les exijan el pago de sus obligaciones.

Las personas que tiene deudas y se "cuelgan" en el pago por más de la mitad del monto prestado.

3. ¿Qué tipo de deudas debo tener para acudir a la ley?
Tenga en cuenta que las únicas deudas que entran en esta ley son las de acreedores del sector financiero, comercial y de carácter particular.

4. ¿Dónde hay que acudir y cuánto vale el trámite?
En las Alcaldías municipales y distritales será gratuito, en los consultorios jurídicos de las universidades y en la Cámara de Comercio, el Gobierno fijará la tarifa a pagar.

5. ¿Cuáles son los requisitos?
Primero: hay que entregar un informe detallado sobre las causas que llevaron a la situación de insolvencia económica. 

Segundo: la relación completa y actualizada de los acreedores y los activos.

Tercero: el deudor tiene que anexar certificados de un contador público independiente y el nivel de ingresos que debe pedir al empleador.

Cuarto: se debe entregar un informe detallado sobre los gastos de supervivencia que tiene el deudor y las personas que tiene a su cargo. Y la información sobre si tiene o no sociedad conyugal.

Por último, la persona deberá calcular el monto que se compromete a pagar durante el proceso, sin que esto afecte la subsistencia de este, la de su familia y la conservación de sus bienes.

6. ¿Cuál es el requisito si se tienen demandas?
Para las personas que tienen demandas judiciales, estas tienen que anexar el material de los procesos judiciales en su contra o los procedimientos de carácter patrimonial.

7. ¿Se puede pagar la deuda con bienes inmuebles?
Con la figura del intercambio de activos la deuda puede ser pagada en su totalidad o parcialmente con un bien inmueble avaluado por un perito, y recibir la diferencia si esta existe.

8. ¿Cuándo se pierde el derecho a seguir cobijado por esta ley?
El trámite fracasa si se comprueba que el deudor gravó o transfirió sus bienes a otras personas luego del acuerdo y que estaban sujetos a registro.

También si el deudor fingió una separación de bienes con su cónyuge o traspasó sus propiedades, y que estas representen más del 10 por ciento del total de sus activos.

9. ¿Cada cuánto se puede declarar una persona en insolvencia?
Sólo cada seis años de cumplirse el acuerdo de pago, una persona natural puede declararse en insolvencia, si esta incumple el acuerdo de pago perderá el derecho de por vida.

10. ¿Qué consecuencias legales tiene esta ley?
Si se suministran datos falsos o incompletos, documentos falsificados, si se hace incurrir a un error grave al conciliador o juez, o si se finge separación de bienes con el cónyuge, se entrará a tener una responsabilidad penal con prisión de uno a seis años