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Renovación por decreto a un proyecto de ciudad

Renovación por decreto a un proyecto de ciudad



Gonzalo Correal / Arquitecto y urbanista
Especial para EL TIEMPO

En gestión de suelo y, sobre todo, en renovación urbana, Bogotá enfrenta retos. Sin embargo, más que centrarse en lo físico-espacial tras la redensificación, esta debe ser una herramienta integral para la gestión del cambio y la transformación urbana.

La idea es que sea capaz de responder a las exigencias de crecimiento futuro y de revertir procesos de deterioro que generan desequilibrios económicos y sociales. Por ello, no puede hacerse de cualquier forma.

Experiencias como la ‘erradicación’ del sector del Cartucho y la ‘recuperación’ de la Plaza de San Victorino no han tenido los resultados esperados, como tampoco parece que –hasta ahora– la ‘toma’ del Bronx haya contribuido en la transformación definitiva de su entorno.

Pero si las acciones no han producido los resultados esperados, tampoco han logrado estimular la participación de los privados. De cerca de 2.200 hectáreas incluidas en el tratamiento de renovación urbana en Bogotá, solo se han aprobado 6 planes parciales (40,84 hectáreas).

Además, cerca de 197 hectáreas (menos del 9 por ciento) se encuentran en fases de formulación y de viabilidad. Quedan claras, por lo tanto, las dificultades de la gestión o que el promotor prefiere operaciones más seguras y rentables. También está demostrada la ineficiencia del Gobierno Distrital para dar trámite expedito a los instrumentos de planeamiento y de gestión que demandan estas operaciones. Trámites de hasta ocho años para aprobar un plan parcial lo confirman.

Quizás respondiendo a esta situación, la Alcaldía Mayor expidió el Decreto 621 que propone un modelo de desarrollo para las avenidas con transporte público masivo, a través de la densificación sobre la calle 80 y la carrera 30 con alturas de 20 pisos en la mayor parte de los corredores y de 30 pisos en las intersecciones de la malla vial arterial. Así, el decreto define el perfil urbano aplicable a otros corredores.

Es una acción importante; por eso sorprende que, en medio del proceso de formulación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), se establezca –vía decreto– una estrategia que debería hacer parte del componente urbano del POT.

Intervenciones de este tipo constituyen operaciones estratégicas de diseño de ciudad que deberían sustentarse en un proyecto urbano integral que no solo permita el desarrollo sobre el corredor vial, sino que articule y ordene los sectores aledaños a estos ejes estructurantes que, en una visión multi-escalar, se conecte a la ciudad.

La norma parece una medida contingente para facilitar la operación del mercado inmobiliario con el incentivo de la mayor edificabilidad (condicionada por modestas cargas urbanísticas). Como si fuera poco, tampoco configura hecho generador de plusvalía.

Si se trataba de estimular la inversión privada, se han establecido las condiciones adecuadas, sobre todo para las grandes superficies ubicadas en las intersecciones de la malla vial arterial, que además del beneficio de los 30 pisos parecen liberarse de los requisitos del Decreto 079 del 2015.


Esperamos, más allá del estímulo a la construcción, que este ejercicio de renovación por decreto detone los procesos de transformación y propuestas que incluyan una estrategia integral de renovación urbana, ya que extrañamos la idea de proyecto de ciudad, tan propia del alcalde Peñalosa.



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